Gremiales / Previsión Social y Tramites

Guía de trámites: ¿cómo me jubilo?

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Jubilación Ordinaria

El afiliado deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite a los números 4331-0531 al 37 Interno 1606.

Este trámite lo pueden realizar todas las trabajadoras y trabajadores afiliados en actividad, que reúnan las condiciones necesarias para acceder al beneficio de jubilación.

Para ello deben contar con los extremos legales* que requiere la Ley 24.241 y presentar la siguiente documentación:
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Computo Ilustrativo (Cálculo de Edad de Jubilación)

El afiliado deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite a los números: 4331-0531 al 37 Interno 1606.

Cuando el afiliado necesita saber a que edad se debiera jubilar, porque tiene tareas comunes y tareas preferenciales, es necesario que se apersone a nuestra secretaría con las certificaciones de servicios anteriores a la empresa que en la actualidad está trabajando.

Ejemplo: Si trabaja en EDENOR SA, deberá sacar turno y traer la certificación de servicios de SEGBA SA y otras que pudiera tener anteriores a SEGBA SA.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:

· 3 Fotocopias del DNI del titular.
· 1 Fotocopia del CUIL.ORIGINALES
· Todas las certificaciones de servicios de todas las empresas donde haya trabajado el afiliado.

Reconocimiento de Servicios

El afiliado deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite a los números: 4331-0531 al 37 Interno 1606.

Un reconocimiento de servicios es una forma de acreditar ante ANSeS los servicios con aportes desempeñados y declarados que realizó el trabajador. Para ello se presentará la documentación correspondiente. El reconocimiento de los servicios prestados agiliza la acreditación de su historia laboral.

El afiliado puede pedir en cualquier momento la realización de un reconocimiento de servicios prestados tanto, en relación de dependencia como de manera autónoma (cuenta propia).

Mediante dicha gestión, el trabajador obtendrá una resolución con los años probados por ANSeS.

DOCUMENTACION REQUERIDA:

· 3 Fotocopias del DNI del titular.
· Certificaciones de todas las empresas donde trabajó y quiere que sean reconocidas.
· En el caso de los trabajadores de empresas contratistas deberán traer las libretas de trabajo de la construcción y el certificado de OSPECOM. Para ello deberán concurrir a la UOCRA y solicitar el mencionado certificado en Av. Belgrano 1870, Capital Federal.También deberán concurrir a la IERIC (Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción) en Av. Paseo Colón 823 en el horario de 8:30 a 16:00 hs.
· En el caso de los trabajadores de empresas contratistas deberán traer las libretas de trabajo de la construcción y el certificado de OSPECOM. Para ello deberán concurrir a la UOCRA y solicitar el mencionado certificado en Av. Belgrano 1870, Capital Federal.También deberán concurrir a la IERIC (Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción) en Av. Paseo Colón 823 en el horario de 8:30 a 16:00 hs.

Informes de Activos

El afiliado deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite a los números: 4331-0531 al 37 Interno 1.606.

En caso que el afiliado no cuente con las certificaciones de servicios de algunas de las empresas en las cuales trabajó, se podrá presentar en esta gestoría para realizar un informe de activos. El mismo consta en una nota para llevar a cabo la verificación por los períodos declarados por el trabajador en los archivos más antiguos pertenecientes a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

Pensión Derivada (Pensión de Jubilado)

El afiliado/a deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite a los números: 4331-0531 al 37 Interno 1.606.

Esta prestación se otorga en caso de fallecimiento de un jubilado a los siguientes derechohabientes:

a) La viuda
b) El viudo
c) La conviviente
d) El conviviente
e) Los hijos solteros, las hijas solteras y las hijas viudas, siempre que no gozaran de jubilación, pensión retiro o prestación no contributiva, salvo que optaren por la pensión que acuerda la Ley 24.241, todos ellos hasta los dieciocho (18) de edad.

La limitación a la edad establecida en el punto e) no rige si los derechohabientes se encontraban discapacitados para el trabajo a la fecha de fallecimiento del jubilado o discapacitado a los 18 años de edad.

En los supuestos de los incisos c) y d) se requerirá que el o la causante (fallecido) se hallase separado de hecho o legalmente, o haya sido soltero, viudo o divorciado y hubiera convivido públicamente en aparente matrimonio durante por lo menos cinco (5) años inmediatamente anteriores al fallecimiento. El plazo de convivencia se reducirá a dos (2) años cuando exista descendencia reconocida por ambos convivientes.
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Pensión Directa (Pensión de Trabajador en Actividad)

El afiliado deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite a los números: 4331-0531 al 37 Interno 1.606.

Para estos casos tendrán derecho a la pensión, los mismos derecho habientes que en el caso de Pensión de Jubilados.
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Pensión Hijos/as Discapacitados/as

El afiliado deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite a los números: 4331-0531 al 37 Interno 1606.

Lo primero que tenemos que saber es si la discapacidad es motora o mental.

En caso de ser una discapacidad mental el hijo/a discapacitado/a, tiene que tener una persona que obre por él, un curador. Si el discapacitado/a no cuenta con un curador, tendrá que tramitar la curatela mediante un abogado.

En los casos que tengan la curatela en trámite, podrá iniciar el trámite pero, ANSeS no liquidará el beneficio, es decir, ni pondrá al pago los haberes hasta tanto la curatela no resulte definitiva.

En los casos que tengan la curatela definitiva, se procederá a iniciar la pensión, y luego ANSeS liquidará la misma.

Tiene que acercarse al sindicato el/la curador/a, (si el/la titular posee una discapacidad motora, deberá presentarse el titular) con la documentación que se indica a continuación:

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:

· DNI del titular (persona que pide el beneficio), hijo/a discapacitado/a.
· Partida de nacimiento del titular.
· Certificado de discapacidad del titular. Certificados de discapacidad: En los casos que no posean este certificado, deberán tramitarlo si el domicilio del discapacitado es de Provincia de Buenos Aires, en Ramsay 2250, Capital Federal, solicitando turno al: 0800-555-3472. En los casos que el domicilio del discapacitado sea de Capital Federal, deberá tramitarlo en el Hospital Público correspondiente según la discapacidad.
· Partida de defunción del fallecido (Padre/Madre).
· Partida de matrimonio de los padres actualizada.
· Recibo de Haberes del causante.
· DNI del Curador/a de corresponder.
· Constancia de curatela definitiva de corresponder.
· Declaración jurada de dependencia económica, 1 del titular y 2 de los testigos. (Estos formularios serán entregados en esta gestoría, previo a iniciar la pensión).
· DNI de testigos.

Inclusiones en Beneficios Ya Ortorgados - Hijos Discapacitados

El afiliado deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite a los números: 4331-0531 al 37 Interno 1.606.

Estas pensiones llamadas “inclusión” es cuando ya hay otorgado un beneficio de pensión con anterioridad y se debe incluir a un hijo/a con discapacidad.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:

· DNI del titular (persona que pide el beneficio), hijo/a discapacitado/a.
· Partida de nacimiento del titular.
· Certificado de discapacidad del titular. Certificados de discapacidad: En los casos que no posean este certificado, deberán tramitarlo si el domicilio del discapacitado es de Provincia de Buenos Aires, en Ramsay 2250, Capital Federal, solicitando turno al: 0800-555-3472.
· En los casos que el domicilio d el discapacitado sea de Capital Federal, deberá tramitarlo en el Hospital Público correspondiente según la discapacidad.
· Partida de defunción del fallecido (Padre/Madre).
· Partida de matrimonio de los padres actualizada.
· Recibo de Haberes del causante.
· DNI del Curador/a de corresponder.
· Constancia de curatela definitiva de corresponder.
· Declaración jurada de dependencia económica, 1 del titular y 2 de los testigos. (Estos formularios serán entregados en esta gestoría, previo a iniciar la pensión).

Tramitaciones de Poder para Percibir

PODERES:

El afiliado deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite a los números: 4331-0531 al 37 Interno 1.606.

El beneficiario de una jubilación o pensión puede otorgar un poder para percibir los haberes a una persona física. El afiliado que quiera tramitar un poder deberá presentarse con la persona a quien le otorgará ese poder.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:

En caso de que esa persona sea esposa/o deberá presentar:

· DNI del titular.
· DNI de la esposa/o.
· Partida de matrimonio (NO LA LIBRETA DE MATRIMONIO).

En Caso de que esa persona sea hija/o deberá presentar:

· DNI del titular.
· DNI del hijo/a.
· Partida de nacimiento del hijo/a.

En caso de que el apoderado no sea una de las personas antes mencionadas solo deberá presentar:

· DNI titular.
· DNI apoderado/a.

En caso de querer poner como apoderado/a a su conviviente deberá dirigirse ante ANSeS

Cambio de Banco, Cambio de Domicilio

El afiliado deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite a los números: 4331-0531 al 37 Interno 1606.

El afiliado deberá presentarse en el Sindicato Luz y fuerza con la siguiente documentación:

· DNI del titular
· Recibo de haberes

Cambio de Tipo de Documento

El afiliado deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite a los números: 4331-0531 al 37 Interno 1606.

Para realizar dicho trámite se deberá proceder a confeccionar nuevamente un poder.
Para ello el afiliado deberá presentarse nuevamente con aquella persona que nombró como apoderado y traer la siguiente documentación:

· DNI del titular.
· DNI del apoderado/a. En caso de ser el apoderado/a, esposa/o, traer PARTIDA DE MATRIMONIO. Si el apoderado/a es un hijo/a, deberán presentar la PARTIDA DE NACIMIENTO.

Reclamo de Haberes Impagos

El afiliado deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite
a los números: 4331-0531 al 37 Interno 1606.

El afiliado tendrá que presentarse en esta Gestoría con su DNI y el recibo de Jubilación o Pensión
y certificado de supervivencia. Nos encargaremos de verificar qué meses el afiliado no cobró su beneficio y se reclamarán dichos períodos.

Se confeccionará el/los formulario/s correspondiente/s, luego el afiliado deberá presentarlos
en el Banco en el cual cobra dicho beneficio y nuevamente tendrá que presentarlos en nuestra Gestoría previsional.

Reclamo de Asignaciones Familiares

El afiliado deberá llamar a la Gestoría Previsional para pedir turno para iniciar el trámite a los números: 4331-0531 al 37 Interno 1606.

Al inicio del trámite de Jubilación se declarará a la esposa en el formulario de la solicitud de jubilación. Tener en cuenta que cobrarán dicha asignación aquellos afiliados que no superen los montos vigentes establecidos por ANSeS.

En caso que no se haya hecho el trámite al momento del inicio de la Jubilación Ordinaria se presentará el formulario PS. 2.14 “Declaración Jurada Novedades de Cargas de Familia para Beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones”.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:

· DNI del titular.
· DNI de la esposa/o.
· Partida de matrimonio actualizada.
· Recibo de haberes.

Aquellas asignaciones familiares que se deban tramitar por hijos/as discapacitados/as, las realizará el afiliado directamente en ANSeS más cercano a su zona de residencia.

¿Dónde Obtengo la Documentación para los Distintos Tramites?

DEPENDENCIAS PARA SOLICITAR DOCUMENTACIÓN:

Certificaciones de servicios:
Se pedirán en las empresas donde el trabajador haya prestado sus servicios.

Partida de defunción:
En el caso de Segba Residual el afiliado deberá presentarse en Alsina 470 2º.

Se la otorgarán a las/los afiliadas/os en la cochería donde hayan realizado el servicio de sepelio.

Partida de matrimonio:
La tendrán que solicitar en el Registro civil donde se asentó el matrimonio entre la persona fallecida y la persona solicitante.

Partida de nacimiento para extranjeros:
Deberán solicitarlas ante los consulados del país de nacimiento con el tratado de La Haya. Una vez obtenida la partida deberán hacer la traducción mediante un traductor público matriculado, luego deberán certificar la firma del traductor ante el colegio de traductores, sito en Av. Corrientes 1834, Capital Federal.

Partida de nacimiento para argentinos:
Deberán solicitarla en el Registro Civil donde han nacido.

Certificados de discapacidad:
En los casos que no posean este certificado, deberán tramitarlo si el domicilio del discapacitado es de Provincia de Buenos Aires, en Ramsay 2250, Capital Federal, solicitando turno al: 0800-555-3472.

En los casos que el domicilio d el discapacitado sea de Capital Federal, deberá tramitarlo en el Hospital Público correspondiente según la discapacidad.